Asistencia júridica gratuita en Alicante

¿Quien tiene derecho en la Comunidad Valenciana a la asistencia jurídica gratuita?

5717593[1]El artículo 119 de la Constitución española establece que la justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Con ello se materializa el derecho a la tutela judicial efectiva, consagrado como derecho fundamental en el artículo 24.

También la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone que por ley serán fijados los supuestos y sistemas de asistencia jurídica gratuita que garanticen la efectividad de los derechos reconocidos por la Constitución. En su desarrollo, la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, recoge el mandato constitucional y articula un sistema de justicia gratuita para aquellos que carezcan de recursos para litigar.

Dicha ley ha sido desarrollada, a nivel estatal, por el Real Decreto 2.103/1996, de 20 de septiembre. En el ámbito competencial de la Generalitat Valenciana, el artículo 39.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana le atribuye competencia para ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Consejo General del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno del Estado; y, concretamente, la de indemnizar las actuaciones correspondientes a la defensa por abogado y representación por procurador de los Tribunales en turno de oficio ante los órganos judiciales con sede en la Comunidad Valenciana, y la asistencia letrada al detenido o preso cuando el lugar de custodia esté situado en el territorio de la Comunidad Valenciana.

Dicha previsión se materializó mediante el Real Decreto 293/1995, de 24 de febrero, por el que se transfirieron a la Generalitat Valenciana las funciones de la administración del Estado en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la administración de Justicia

Decreto 29/2001, de 30 enero, del Gobierno Valenciano, de Asistencia Jurídica Gratuita

Decreto 28/2003, de 1 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se modifica el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, aprobado por el Decreto 29/2001, de 30 de enero, del Consell de la Generalitat.

Real Decreto 996-2003 (Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el reglamento de asistencia jurídica gratuita (BOE de 7 de agosto).

Ley 40-2003 (Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las familias numerosas)

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Nuestra letrada es abogada especialista en derecho de familia y esta colegiada en el ilustre colegio de abogados de Alicante ICALI desde 1992. Especializada en todos los temas de derecho civil como matrimonio (matrimonialista), divorcios, separaciones, herencias, accidentes de trafico, contratos e impagados.

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